Regulan el uso de armas de fuego con nueva reglamentación

El CODENA culminó con la reglamentación de la Ley N° 4036/2010, fortaleciendo el control y la transparencia en el uso de armas de fuego, municiones y explosivos, en la lucha contra el crimen organizado y el tráfico de armas.

 

En la edición de esta noche del programa 30+’, conducido por Jorge Torres, se abordó el tema de la reglamentación de la Ley N° 4036/2010, denominada «De Armas de Fuego, sus Piezas y Componentes, Municiones, Explosivos, Accesorios y Afines» llevada a cabo por los Integrantes del Consejo de Defensa Nacional (CODENA) en la lucha contra el crimen transnacional y el tráfico de armas.

Paraguay regula el uso de armas de fuego con nueva reglamentación. Foto: Agencia Ip.

Se busca que la Dirección de Material Bélico (DIMABEL), en su rol de autoridad de aplicación, lleve a cabo una gestión transparente con la implementación de reglas claras y plazos determinados para todas las gestiones relacionadas con armas de fuego, explosivos y afines.

«Es clave esta reglamentación en varios aspectos de las armas y los materiales controlados que abarcan explosivos y municiones y todo lo relacionado a armas para mejorar nuestro control. Con Dimabel vamos a tener la certeza del usuario final de estos productos una de las debilidades principales, que permitió y facilitó el tráfico de armas. Esta reglamentación limita la cantidad de armas de defensa personal que un ciudadano debe tener que están clasificadas de acuerdo a la necesidad», aseguró General Melanio Servín, director de la DIMABEL en gentileza con Universo 970.

Una de las medidas destacadas de esta reglamentación es el incentivo al registro de armas, con facilidades en la gestión y una reducción del costo del registro durante el primer año a partir de la implementación de este reglamento, a través del registro de tenencia condicional. Esto implica una disminución del 50 % en el costo para el registro de armas y el 100 % del costo del test de manejo seguro.

Modifican el enfoque de control por parte de la DIMABEL

Además, se modificó el enfoque de control por parte de la DIMABEL, estableciendo parámetros para la comercialización y uso de armas, centrándose en aspectos como el diseño y mecanismo de las mismas, no solo en los calibres, como tradicionalmente se venía haciendo. Asimismo, se han fijado limitaciones en la cantidad de armas y municiones que pueden ser importadas anualmente, junto con requisitos estrictos de control y seguridad para las armas ensambladas y fabricadas en el país.

La reglamentación unifica el costo del registro de armas para todas las clasificaciones y categorías en un jornal mínimo diario. Para apoyar y fomentar las actividades deportivas, se establece la recarga de municiones para uso de clubes y asociaciones, así como la habilitación de la importación de insumos mediante la figura de la intermediación. Además, se exonera a los tiradores y cazadores deportivos del pago de aranceles por participación en competencias en el exterior.

Otras inclusiones importantes son la figura de exportación: para fabricantes y ensambladores de armas de fuego, con consideración especial para las empresas nacionales con capacidad de fabricar y/o ensamblar armas y exportarlas.

También se introduce la intermediación para la comercialización de insumos, recarga, explosivos y certificación de control de calidad de prototipos de armas de fuego, junto con la implementación de la figura del registro de huella balística que será llevado a cabo en la DIMABEL, en el departamento de Registro Nacional de Armas (RENAR).

 

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