Sanción a Trovato podría ser a nivel de tentativa de amaño, explica abogado de la APF

Sep 28, 2020

Tras darse a conocer la sanción de por vida por parte de la FIFA contra Marco Trovato, presidente del Club Olmpia, por el hecho de supuesta manipulación de partidos, el abogado Gerardo Acosta detalló que actuamente no se conocen los fundamentos de la resolución, pero según el código disciplinario de la máxima autoridad del fútbol, no es necesario que el hecho se haya consumado, ya que la tentativa también es sancionanda de la misma manera.

Marco Trovato, presidente sancionado del Club Olimpia.
Marco Trovato, titular del Club Olimpia, sancionado por la FIFA | Foto: APF

Más temprano, Marco Trovato anunció que apelaría a la decisión de la FIFA, para lo que ya solicitó los argumentos en los cuales fue basada la sanción. Acosta agregó que, por solicitud de la FIFA, tras recibir la denuncia de los hechos, conforme al artículo 27 de su código de ética, decidieron encabezar ellos mismos la investigación.

“El articulo 27 dice los organos judiciales de la FIFA se reservan el derecho de procesar y/o sancionar las infracciones graves que caigan en el ámbito de este código, y en la jurisdiccion de confederaciones, federaciones, u otras organizaciones deportivas, si lo consideran adecuado en un caso determinado, y eso fue lo que pasó con Trovato, la FIFA consideró adecuado hacer la investigación, procesar y aplicar la sanción”, indicó el abogado.

Por su parte, el asesor jurídico de la APF refirió que, según el artículo 18 del código disciplinario de la FIFA, tanto la comisión directa del hecho de manipulación, como la tentativa, tienen la sanción mínima de 5 años de prohibición de ejercer actividades referentes al fútbol, o multa mínima de 100.00 francos suizos y, en casos considerados graves, el periodo de prohibición puede extenderse hasta incluso ser de forma vitalicia, como ocurrió con Marco Trovato. 

“Como no conocemos las fundamentaciones de la resolución, hoy puede ser que esta decisión de la FIFA se trate de un tema de tentativa”, manifestó el abogado Acosta.

Sobre el plazo y proceso de apelación que corresponde al sancionado, Gerardo Acosta aclaró que Trovato tiene la posibilidad de apelar a la sanción económica así como la disciplinaria, con la diferencia que, mientras dure el proceso de apelación, la multa económica será suspendida hasta tanto se resuelva, mientras que la sanción disciplinaria no cuenta con efecto suspensivo, es decir, aunque el procesado se encuentre trabajando en la apelación, deberá cumplir con la prohibición de ejercer la presidencia del club con relación a las actividades del fútbol.

“Si en un caso hipotético, la apelación se encuentra con argumentos suficientes para probar lo contrario a la resolución de la FIFA, es posible levantar la sanción disciplinaria. Hay dos grados de apelación: La primera es que cuando reciba los fundamentos va tener tres días para interponer un recurso de apelación ante la Comisión de Apelaciones y luego cinco días más para presentar sus fundamentos por la apelación. Y la segunda, es contra la decisión de la Comisión de Apelación de FIFA, que procede a un procedimiento de arbitraje ante el Tribunal Arbitral del Deporte”, concluyó.

La prohibicion impuesta a Marco Trovato es de ejercer cualquier actividad relacionada con el fútbol, y puede ir más alla de la relación con la APF, sino que es todo lo que tenga que ver con su función del Club Olimpia-Fútbol, sin embargo, puede continuar como titular de todos los demás eventos deportivos del club.

 

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