Tras múltiples denuncias, Ministerio de Trabajo interviene Rakiura

En contacto con la 650 AM, Karina Gómez, directora de Trabajo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, informó que tomaron intervención de las varias denuncias que se realizaron por redes sociales sobre supuestas irregularidades en Rakiura Resort Day.

Parque Acuático de Rakiura Resort. Foto: Rakiura
Parque Acuático de Rakiura Resort. Foto: Rakiura

No solo este club social fue blanco de estas denuncias, sino muchas otras empresas de diversos rubros. Se han dado diferentes tipos de vulneraciones en los derechos de los empleados, indicó. Gómez explicó que lo primero que realizan es corroborar la veracidad de las denuncias, por lo que pidió un poco de paciencia a los denunciantes, pero que sí o sí se hacen eco de todas ellas e inician las investigaciones.

“Si se trabaja normalmente, no se puede disminuir el salario”

Una de las prácticas más comunes de ciertas empresas, especialmente durante la época de la crisis por la pandemia del Covid-19, es la disminución del monto del salario, aunque el trabajador siga cumpliendo con sus labores, lo cual es completamente ilegal. 

Explicó que el artículo 52 del Código del Trabajo lo que sí permite que cuando una actividad sea divisible, es decir, que se pueda determinar una reducción en días u horas de trabajo, lo que requiere es que siempre el salario sea pagado conforme al trabajo ejecutado. Por lo que al dividirse a los trabajadores en cuadrillas y disminuir los días trabajados, esto podría verse reflejado en su salario mensual. 

Otras de las denuncias que se dieron es el despido por no responder a los mensajes o llamadas en el teléfono corporativo, en el día libre o fuera del horario laboral.

La profesional refirió que el teléfono corporativo es para uso del momento y el tiempo en que uno está trabajando. Pero aclaró, que si existe una cláusula en el reglamento interno de la empresa, que mencione el uso de los celulares, entonces sí podrían justificarse las sanciones. 

Recordó que las mismas deben ser proporcional a la inconducta del trabajador.

Con respecto al despido de los empleados, sostuvo que un empleador puede despedir a los mismos, sin olvidar que su obligación es pagar la indemnización correspondiente, en caso de que no haya una causal justificadas. 

La profesional alentó a denunciar las irregularidades, a fin de poder tomar intervención. Comentó que en caso del mobbing o acoso laboral, en que no se da una ruptura de la relación y persiste un maltrato psicológico, aplican un protocolo a efectos de proteger los derechos del trabajador, de manera a que el acoso o violencia laboral termine. “Esto es susceptible de una multa parte del Ministerio de Trabajo hacia la empresa”, afirmó.

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