Caso tiroteo en Samber: revelan que Rojas pidió intermediación del PCC para cobrar deuda

Nuevos audios sobre el atentado en el Ja’umina Fest salieron a la luz, luego de ser recuperados de los teléfonos de Marcos Rojas, asesinado por sicarios en el tiroteo, donde perdió la vida también la influencer, Cristina ‘Vita’ Aranda, víctima colateral del hecho. 

En los mismos se revela que el citado pone al tanto a un integrante del PCC sobre la venta en noviembre del año pasado de unos 18 kilos de cocaína a Alcides Villasboa, alias Ropero, quien no habría pagado la deuda, pese a numerosos intentos solicitando que se salde la misma, según los audios.

El hombre pidió la intermediación del Primer Comando Capital (PCC), de manera a que el ‘Cuadro de disciplina’ del grupo criminal dé una sanción a Villasboa. Tras el contacto de este miembro, Villasboa se habría comprometido a entregar la mitad del importe y luego entregar el resto, lo cual tampoco fue cumplido.

Tras esto, Rojas solicitó “conducir a plazo”. Desde el PCC habrían advertido a Villasboa de esta solicitud, lo que ocasiona que éste “se adelante” y mande a sicarios para que acaben con la vida de Rojas. 

Según los documentos validados desde la Fiscalía, los términos utilizados por Marcos forman parte del léxico aplicado dentro de la organización criminal PCC. En el texto se entiende que “conducción” es la estructura del grupo que toma decisiones sobre la conducta de los integrantes. Sería un juzgador y ante ellos se debe exponer los motivos de la indisciplina de quien será juzgado.

Por otra parte, “conductor” es quien promueve la acción de conducción y el sometimiento de los integrantes a ella. Este debe ser alguien que forme parte del cuadro de disciplina del grupo criminal.

“Comandeiros” se refiere a los miembros de las organizaciones criminales que cumplen la función de ‘comandantes’, es decir, quienes organizan y se encargan de hacer cumplir determinadas tareas.

Lo que solicitó Marcos Rojas, la “conducción de un plazo”, significa que estaba pidiendo la conducción disciplinaria en virtud de dependencia con la organización criminal. Aquí hay un plazo determinado para remediarlo, bajo pena de exclusión o pago en misión.

“Disciplinar”, con este término lo que se dice es que la junta es responsable de los asuntos disciplinarios entre las facciones y/o la comunidad en la que se inserta, para evitar la intervención de los agentes de seguridad pública. Es la inclusión de una especie de estado paralelo.

 

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