Carmen Villalba no saldrá de prisión hasta el 2035

El Tribunal de Apelación de Central confirmó este jueves la condena de 17 años de cárcel por doloso en grado de tentativa contra Carmen Villalba, miembro del grupo criminal autodenominado Ejército del Pueblo Paraguayo (EPP).

De acuerdo al dictamen, la mujer cumplirá su pena el 8 de noviembre del año 2035. Podrá solicitar libertad condicional en el 2030 y salidas transitorias en el 2027.

Cabe recordar que esta es la tercera condena que recae sobre Villalba, quien el año pasado cumplió su condena de 18 años de prisión por el secuestro de María Edith Bordón de Debernardi.

En tanto, la segunda condena fue de siete años por un intento de fuga y toma de rehén en el año 2007, que también ya ha sido cumplida por la criminal.

Mientras que la pena de 17 años es por intentar acabar con la vida de tres agentes de la Policía Nacional, identificados como Merardo Palacios, Francisco López y Alberto Barboza, durante su intento de fuga en el año 2004 en la ciudad de Ñemby, en donde también cayeron Alcides Brítez y Aldo Meza Martínez.

El Tribunal de Apelaciones estuvo integrado por María Teresa González, Fabriciano Villalba y Lourdes Cardozo.

Según expresa el la Resolución Auto Interlocutorio N° 1572, «es criterio de esta Representación pública que para el cómputo definitivo de la pena privativa de libertad de la condena de Carmen Villalba, en la presente causa, no debe ser tenido en cuenta como fecha de inicio del cómputo la aprehensión realizada por el personal de la comisaría 79, Central, en fecha 2 de julio de 2004, pues el mismo cuerpo legal, de la cual se da en el A.I N° 1570 de fecha 9 de noviembre de 2018, dictado por el juez penal de Garanías Abg. Hugo René Saldívar, por el cual se decretó la prisión preventiva de Carmen Villalba en atención al acta de imputación de fecha 8 de noviembre de 2018 formulado por el agente fiscal Federico Delfino».

«Es decir, como bien ya lo analizará el Tribunal de Sentencia, la fecha 9 de noviembre de 2018 fue tomada en cuenta para el compurgamiento de la pena de 17 años  de la pena privativa de libertad establecida en la S.D N°235 de fecha 29 de junio de 2020«.

####