El proyecto sancionado por el Congreso Nacional, estipula cancelar y dejar sin valor las facturas de las instituciones estatales de energía eléctrica y agua potable, por los meses de marzo, abril, mayo, junio, julio y agosto.
Además, se extiende la cifra de consumo que será considerada para acceder al beneficio de la exoneración de pagos, conforme a la Ley de 654/20 de Emergencia Sanitaria, que beneficiaba hasta un consumo de 500 kwh. El periodo de gracia también fue extendido hasta el mes de agosto.
El senador Salyn Buzarquis fue quien planteó esta ley, argumentando que hay dinero suficiente para cubrir el gasto, y que “la gente no puede seguir pagando por la inoperancia de la ANDE”.
De esta manera, quedó establecido que cada empresa emitirá una sola factura por el total de los meses de consumo en los que no se realizaron lectura de medidores, esta podrá ser fraccionada hasta en 18 meses, y las cuotas serán sumadas a las facturas desde el mes de julio.
Sobre los pagos que ya fueron realizados anteriormente, los montos serán descontados automáticamente de las facturas emitidas posterior a la aprobación de esta normativa. La ley se encuentra en manos del Poder Ejecutivo para su promulgación o veto.