Internas simultáneas: ¡Estas son las prohibiciones establecidas en el Código Electoral!

Con miras a las internas simultáneas de este 18 de diciembre, Justicia Electoral compartió las prohibiciones establecidas en el Código Electoral y el Código Penal para ese día.

A dos días de las elecciones internas simultáneas, desde el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) recordaron las prohibiciones establecidas en el Código Electoral y el Código Penal para el evento cívico.

Internas simultáneas: ¡Estas son las prohibiciones establecidas en el Código Electoral! Foto: TSJE

Primeramente, desde la institución enfatizaron que queda prohibida la aglomeración de personas o grupos en una radio inferior a 200 metros de los locales de votación, que pueda representar cualquier presión para los electores.

Igualmente, no está permitido portar armas en un radio de 200 metros, aunque se haya acordado anticipadamente con las autoridades administrativas.

Asimismo, está prohibida la instalación de mesas de consulta por parte de las organizaciones políticas en un radio inferior a 200 metros de los locales de votación.

De igual manera, la ciudadanía no podrá ingresar al cuarto oscuro con celulares, cámaras fotográficas, filmadoras o cualquier dispositivo que pueda tomar imágenes que vulneren el secreto del voto.

Finalmente, el TSJE enfatizó que la persona que transgreda esta prohibición será sancionada con multa conforme al Código Electoral, sin perjuicio a lo que establecen los artículos 278 y 280 del Código Penal para los autores o partícipes de los hechos punibles tipificados en los mismos.

Seguí todos los acontecimientos de la jornada cívica del próximo 18 de diciembre a través de Unicanal, Trece y Radio UNO, que unirán esfuerzos para brindarte la mejor cobertura.

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