El Consejo Nacional de Salud, a través de la Superintendencia de Salud, investigará presuntas anomalías en el traslado al Hospital de Itauguá de Cristina “Vita” Aranda, una de las víctimas del tiroteo durante un concierto en San Bernardino.
La investigación es abierta luego de que la familia de la influencer fallecida haya denunciado públicamente las precariedades de la ambulancia que estaba en el predio del anfiteatro José Asunción Flores.
Según alegaron los familiares de Vita y el médico que estuvo los últimos minutos con ella, la ambulancia no contaba con los kits básicos para asistirla e intubarla. Además, lamentaron que el chofer no conocía el camino al hospital y perdieron 30 minutos durante el traslado.
Al respecto, la cartera sanitaria manifestó que, según declaraciones de los organizadores del evento, el concierto contaba con cobertura privada de ambulancia. “El Consejo Nacional de Salud, a través de la Superintendencia de Salud, iniciará una investigación sobre el evento, por Resolución SUPSALUD Nº11/2022”, mencionaron.
En ese sentido, las autoridades de la Superintendencia de Salud solicitarán informes a los responsables de la organización del concierto en la ciudad veraniega, sobre si se contaba con cobertura de servicio de ambulancia.
De ser así, requerirán los contratos o convenios correspondientes para dilucidar las denuncias respectivas. “Los trabajos de investigación durarán aproximadamente dos semanas”, detallaron.
Desde Salud recordaron que existen disposiciones contempladas en la Resolución ministerial Nº 093/2018, que modifica la Resolución Nº 60/2000, en el que se reglamentan el Registro y la Habilitación de los Servicios Extrahospitalarios Públicos y Privados, Móviles de Ambulancia, Traslado y Afines.
Posterior a la habitación, explicaron que el siguiente trámite consiste en la inscripción en el Registro Nacional de EPSS de la Superintendencia de Salud, a fin de que puedan ser controlados y brindar atención con calidad.
“Los servicios extrahospitalarios públicos y privados, móviles de ambulancia, traslado y afines, sean públicos, privados, no gubernamentales o autárquicos, deben contar con la correspondiente certificación sanitaria de habilitación y registro, otorgada por la Dirección de Establecimientos de Salud, Afines, y Tecnología Sanitaria, como requisito previo para su funcionamiento”, afirmaron.
Finalmente, recordaron a las empresas que realizarán contrato con las entidades prestadoras de salud de medicina que tengan en cuenta que deben exigir la habilitación ministerial y el registro en la Superintendencia de Salud.