Presentan proyecto de ley que reglamenta senaduría vitalicia

El Poder Ejecutivo presentó este viernes el proyecto de ley que reglamenta la senaduría vitalicia. Hernán Huttemann, jefe de Gabinete Civil, manifestó que el objetivo es establecer las reglas generales para ejercer las funciones.

En la fecha, el Poder Ejecutivo presentó un proyecto de ley que busca reglamentar las funciones de un senador vitalicio a fin de establecer las reglas generales para ejercer las funciones de esta figura parlamentaria.

Hernán Huttemann, jefe de Gabinete Civil de la Presidencia, señaló en conferencia de prensa que Mario Abdo Benítez asumirá como senador vitalicio una vez culminado su mandato, a fin de “seguir aportando el debate de los intereses públicos y nacionales”.

En esa línea, manifestó que esta figura constitucional aún no está reglamentada, por lo que a través de este proyecto de ley se busca sentar las bases legales que puedan determinar cuáles son los alcances legales en el ejercicio de las funciones de un senador vitalicio.

Queremos que toda la experiencia que adquirieron los expresidentes durante su mandato pueda volcarse al debate público, mediante la labor legislativa que ellos asuman, si es que este proyecto de ley es aprobado”, sostuvo Huttemann.

Por su parte, César Trapani, asesor jurídico de la Presidencia, puntualizó que el cargo no será remunerado, por lo que no se prevé ninguna asignación presupuestaria para retribuir sus funciones.

“Este proyecto tiene como finalidad poner en marcha la figura de la senaduría vitalicia, en el sentido de establecer las reglas generales y elementales para ejercer esta función”, dijo.

Igualmente, indicó que el proyecto consta de un mecanismo para la incorporación al Senado, donde se señala que la condición de un senador vitalicio se adquiere automáticamente al culminar el mandato presidencial, salvo que se exprese la voluntaria contraria al respecto.

En otra línea, mencionó que los senadores vitalicios tendrán las mismas compatibilidades que los electos. Además, participarán de las sesiones con voz, pero sin voto.

Entre las consideraciones del proyecto, también se encuentra lo relacionado a la renuncia, así como al conflicto de intereses y la prohibición de contratar con el Estado.

 

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