El presidente de la República, Santiago Peña, promulgó la ley 7.446, con lo que elevan de 3 a 10 años la base de cálculo para la jubilación.
La nueva normativa establece la sustitución, modificación e incorporación de varias disposiciones del régimen legal del Instituto de Previsión Social (IPS).
El Ejecutivo fue el principal precursor de la ley con el que buscan evitar distorsiones por picos salariales atípicos que dañan la caja de jubilaciones.
“Con la promulgación de la ley 7.446 damos un paso clave para garantizar la sostenibilidad del Instituto de Previsión Social (IPS), reafirmando nuestro compromiso con los trabajadores y sus familias. Este avance permitirá modernizar el sistema y consolidar al IPS como un pilar de la protección social en Paraguay”, expresó el mandatario en sus redes sociales.
Señaló que regularán aquellas propiedades pertenecientes al IPS y que actualmente no cuentan con títulos para poder fortalecer el patrimonio de las instituciones del Estado.
Además, destinarán un 2,5 % al fondo de salud, con el objetivo de brindar una mejor atención en los servicios prestados para los asegurados.
“Con esta ley hacemos un IPS más fuerte, cuidando lo que es de todos los asegurados”, indicó el material audiovisual del mandatario.
Con la nueva ley, los asegurados del IPS deberán tener al menos 60 años y 25 años de aporte, con un monto jubilatorio equivalente al 100 %.
Para la jubilación anticipada, los asegurados deberán cumplir con la edad mínima requerida, que es de 55 años y 30 años de aporte, con un monto inicial del 80 %.
Mientras que para la jubilación proporcional los asegurados deberán cumplir 65 años y contar con un aporte mínimo de 15 años.