El precio de referencia se trata del precio que la institución estima tendrá la adquisición de un bien o servicio. “Vimos que este análisis de precios, en general, es un problema mayor en el sistema de compras públicas”, mencionó Pablo Seitz, el titular de la DNCP.
Seitz aclaró, sin embargo, que el precio de referencia no es lo mismo que el precio ofertado final, pero como las denuncias que se observan en medios de comunicación y redes sociales hacen referencia al valor del precio estimado, se decidió implementar este cambio para lograr una mayor transparencia.
“Consideramos que los precios de referencia tendrán un elemento de transparencia que limpiará muchos casos de potenciales irregularidades que puedan aparecer en los procesos de compras públicas”, expresó el titular.
De esta manera, Contrataciones Públicas resolvió que las licitaciones para compras públicas incluyan la documentación, metodología y argumentación que hicieron que la institución compradora llegue a ese precio de referencia.
“Entonces si la institución compradora se basó en presupuestos requeridos al sector privado, deberá publicar esos presupuestos; si se basó en un promedio de licitaciones de bienes similares, deberá incluir estos y el porqué considera que son licitaciones similares respecto a la actual”, manifestó Seitz.
La DNCP maneja anualmente más de 18.000 contratos públicos para más de 24.000 bienes y servicios distintos; por lo que explican que pueden darse los casos de que los funcionarios de las instituciones no conozcan el precio de mercado de cada producto al momento de hacer las compras, y con este nuevo requisito, esa información estará disponible junto con todo lo que publicita la DNCP sobre los procesos licitatorios.