Por disposición del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), a partir de hoy 9 de agosto hasta el próximo 7 de octubre, se podrá realizar propaganda electoral, de cara a las Elecciones Municipales del próximo 10 de octubre.
“La propaganda electoral se extenderá por un máximo de sesenta días, contados retroactivamente desde dos días antes de los comicios, en los que está prohibida toda clase de propaganda electoral”, establece el Código Electoral Paraguayo.
Así también la referida ley en su Art. 291 señala que toda propaganda que realicen las organizaciones políticas deberán individualizar claramente la leyenda partidaria o individualizar la candidatura que la realice, cuidando no inducir a engaños o confundir al electorado.
Igualmente, en el Art. 295 de la ley, refiere que “La propaganda callejera a través de murales, afiches o similares se realizará en las áreas determinadas por las respectivas municipalidades y mediando la autorización de los propietarios de los inmuebles afectados”.
Fuente: con información de Agencia IP.