Desde el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) informaron que a partir de este 2 de enero, los trabajadores que no percibieron el aguinaldo podrán denunciar el incumplimiento de pago ante la institución.
De acuerdo a lo comunicado, la denuncia se podrá realizar de manera presencial en la sede central de la institución, sobre Herrera esquina Paraguarí de Asunción, o en una de las 14 sedes regionales con que cuenta el MTESS en el interior del país.
Igualmente, llamando al 021) 729 0100, al celular (0993) 308 100, o a través de la web de la institución, ingresando a este enlace: https://denuncias.mtess.gov.py/
La cartera estatal recordó que el pago del aguinaldo es de carácter obligatorio y debe abonarse antes del 31 de diciembre, según el artículo 243 del Código Laboral. Transcurrido ese plazo, el empleador es pasible de denuncias.
El patronal se expone a una sanción consistente en multas que van de 10 a 30 jornales mínimos por cada trabajador afectado, puntualizaron.
De esta manera, el Ministerio de Trabajo apunta a garantizar el efectivo cumplimiento de este derecho a favor de los trabajadores.
¿Cómo se calcula el aguinaldo?
Según detallaron desde el MTESS, el monto se calcula sumando los ingresos del trabajador o trabajadora durante el año en concepto de salarios, horas extras, comisiones u otros, divididos por 12 meses.
Se excluyen del cálculo la bonificación familiar y el permiso por maternidad. El aguinaldo es inembargable, es decir, no puede sufrir descuentos bajo ningún concepto.
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