Este lunes, la ministra de Trabajo, Carla Bacigalupo, explicó acerca de la resolución que reglamenta el otorgamiento de licencias para la vacunación anticovid de trabajadores del sector privado o para el acompañamiento de adultos mayores a su cargo.
“Este es un régimen excepcional establecido por la resolución N1 623 del año 2021 a través de la cual se incorpora al artículo 62 la licencia para vacunación del trabajador y del adulto mayor dependiente del mismo”, manifestó Bacigalupo.
Asimismo, siguió detallando que “la licencia ya está establecida, con un límite de hasta dos días hábiles por mes y 15 por año, lo que se hace con esta resolución es la aplicación de la licencia establecida al caso particular de vacunación”, añadió.
Igualmente, mencionó que el trabajador debe solicitar al empleador o gerencia de Recursos Humanos a través de un escrito. “La licencia tiene que ser otorgada por escrito y ser comunicada en un plazo de 30 días al Registro Obrero Patronal del ministerio”, puntualizó.
“En caso de que no se otorgue y el trabajador haya pedido justificadamente y por escrito, el mismo puede hacer una denuncia anónima para ser pie a una fiscalización del Ministerio de Trabajo”, indicó Bacigalupo.
Por último, la ministra recordó que las licencias otorgadas son con goce de sueldo, por lo que la institución está a disposición de los trabajadores en casos de negación o que hayan recibido para luego sufrir un descuento.