El plazo de la reglamentación de la ley de Arancel Cero venció el domingo; sin embargo, recién hoy, lunes, el Poder Ejecutivo oficializó la normativa Nº 6628/2020.
La ley de Arancel Cero declara la gratuidad en las universidades públicas e institutos del país como el Instituto Superior de Bellas Artes, Instituto Nacional de Educación Superior, a los institutos de formación docente dependientes del MEC y al Instituto Nacional de Salud.
El documento aclara que “los estudiantes egresados de la Educación Media de instituciones educativas del sector oficial y de instituciones educativas del sector privado subvencionado están eximidos de abonar todo tipo de aranceles en concepto de matrículas u otros relacionados a los cursos probatorios”.
Asimismo, establecen que durante la carrera de grado y a fin de continuar con el beneficio señalado, “el estudiante no deberá sobrepasar dos años al periodo establecido en el proyecto académico o currículo de cada carrera”.
Igualmente, aclaran que los que sobrepasen los cinco años de egresados de la Educación Media, contados desde la solicitud a los cursos de admisión, no podrán acceder al Arancel Cero.
Finalmente, quienes hayan sido admitidos luego de un número de intentos consecutivos o alternados no podrán gozar de la gratuidad.