El plazo de la reglamentación de la ley de Arancel Cero venció el domingo; sin embargo, recién hoy, lunes, el Poder Ejecutivo oficializó la normativa Nº 6628/2020.
![Ejecutivo reglamenta la ley de Arancel Cero](https://trece.com.py/wp-content/uploads/sites/2/2022/08/6005e1b9a97ed87e3d0e708d.jpg)
La ley de Arancel Cero declara la gratuidad en las universidades públicas e institutos del país como el Instituto Superior de Bellas Artes, Instituto Nacional de Educación Superior, a los institutos de formación docente dependientes del MEC y al Instituto Nacional de Salud.
El documento aclara que «los estudiantes egresados de la Educación Media de instituciones educativas del sector oficial y de instituciones educativas del sector privado subvencionado están eximidos de abonar todo tipo de aranceles en concepto de matrículas u otros relacionados a los cursos probatorios».
![La normativa declara la gratuidad en las universidades públicas e institutos del país.](https://trece.com.py/wp-content/uploads/sites/2/2022/08/6005e482a97ed87e3d0e70fc.jpg)
Asimismo, establecen que durante la carrera de grado y a fin de continuar con el beneficio señalado, «el estudiante no deberá sobrepasar dos años al periodo establecido en el proyecto académico o currículo de cada carrera».
Igualmente, aclaran que los que sobrepasen los cinco años de egresados de la Educación Media, contados desde la solicitud a los cursos de admisión, no podrán acceder al Arancel Cero.
Finalmente, quienes hayan sido admitidos luego de un número de intentos consecutivos o alternados no podrán gozar de la gratuidad.
![Gratuidad no será otorgada a quienes hayan sido admitidos luego de un número de intentos consecutivos.](https://trece.com.py/wp-content/uploads/sites/2/2022/08/6005e2bea97ed87e3d0e70c4.jpg)