El ministro de Salud, Julio Mazzoleni, estipuló las medidas para la habilitación de los balnearios y las piscinas públicas a nivel país que podrán operar desde el 16 de enero.
Mazzoleni aprobó por resolución los procedimientos y requisitos para la autorización del funcionamiento de piscinas, balnearios y playas, en el marco del levantamiento gradual de aislamiento en el territorio nacional por la Pandemia del Covid-19.
Para su autorización, el propietario o responsable de la piscina de acceso al público, balneario o playa, deberá presentar ante la Municipalidad correspondiente, los siguientes documentos:
–Solicitud escrita y firmada por el propietario o responsable.
–Habilitación o autorización otorgada por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible.
–Permiso o autorización de habilitación de la Municipalidad correspondiente.
La Municipalidad que recibe la solicitud, en caso de que el propietario reuna todos los requisitos, elevará el pedido al Centro de Operaciones de Emergencia del Ministerio de Salud. Esto a fin de expedir la autorización del funcionamiento.
Desde Salud aclaran que el otorgamiento de la habilitación dependerá de la situación epidemiológica existente en el municipio o departamento donde se encuentran estos espacios.
Los responsables deben cumplir en sus establecimientos con los protocolos sanitarios para el ingreso de los visitantes.