Desde este viernes 27 de noviembre entra en vigencia la ley que establece el uso obligatorio de mascarillas o tapabocas, en espacios públicos y privados de uso público. La normativa rige a nivel nacional.
El control a los ciudadanos en cuanto al cumplimiento de la norma será realizado por parte de la Policía Nacional, en tanto que las municipalidades se encargarán de recibir las actas de incumplimiento, para sancionar a través de multas a quienes se nieguen al uso de mascarillas.
Los dueños o encargados de establecimientos donde no se respete la normativa, están expuestos también a multas y eventuales cierres temporales o permanentes del local, advierten.
La comisario Elena Andrada, jefa de Relaciones Públicas de la Policía Nacional, explicó cuál será el procedimiento de control. Sostuvo que los efectivos policiales primeramente se acercarán a la persona que no está utilizando el tapaboca, a fin de realizar una tarea de concienciación, que consiste básicamente en informar a la persona sobre la vigencia de la ley que establece la obligatoriedad del uso de la mascarilla, acompañado de un pedido para colocársela.
Manifestó que en caso de una negativa por parte del ciudadano, se procederá a la realización de un acta breve y la toma de una fotografía al infractor. Los datos serán remitidos al Juzgado de Faltas de las municipalidades, desde donde se aplicarán las sanciones correspondientes.
La comisario Andrada advirtió que los agentes policiales no están autorizados para cobrar ninguna multa ni en el protocolo está estipulada la detención de personas, por este hecho. Apeló al buen juicio de la ciudadanía ante la necesidad de evitar la propagación del Covid-19.