Desde el Ministerio de Trabajo recuerdan a la ciudadanía que la normativa laboral rige para todos los trabajadores, incluidos quienes se dedican al trabajo doméstico.
Jessica Espínola, jefa de Asuntos Laborales de la cartera de Estado, manifestó que se presentaron diversos inconvenientes entre los empleadores y empleados a causa de la pandemia del Covid-19, por lo que el ministerio tuvo que mediar.
Indicó que la suspensión de contrato puede ser considerada también para estas personas en caso de ser necesario y precisó que hasta la fecha 800 contratos laborales del sector doméstico fueron suspendidos por la crisis sanitaria. El 95% de estos corresponde a mujeres trabajadoras.
Jessica Espínola reiteró que en caso de extrema necesidad se puede recurrir al despido cumpliendo obligatoriamente con el preaviso, indemnización, vacaciones y aguinaldo, tal y como lo dicta la ley. Comentó que afortunadamente estos no se registran en mayor cantidad.
La profesional explicó que también se da el caso en el que empleadores y empleados llegan a un acuerdo para no trabajar por unos meses. En este caso, lo que corresponde es que los patrones abonen la liquidación correspondiente, de manera a poder dar cierta estabilidad económica al trabajador.
Recomendó a la ciudadanía recurrir al Ministerio de Trabajo ante cualquier duda que pudiera surgir, a fin de recibir orientación por parte de las autoridades