Convocatoria a Cartes en Brasil es parte del proceso ordinario, según abogado

Jul 8, 2020

“Es una obligación del juez notificar al imputado. Él no puede dejar de hacer esto, es un derecho del procesado que no se debe tomar como un hecho fuera de lugar.” explicó el abogado en comunicación con Jorge Torres, a través de la Radio Uno 650 am 

Abogado Pedro Ovelar, defensor de Horacio Cartes | Foto: Captura de Video
Abogado Pedro Ovelar, defensor de Horacio Cartes | Foto: Captura de Video

Según explicó, es obligación de la justicia brasileña notificar personalmente al procesado y que este ejerza su derecho a la defensa en diez días. Es por ello que se pidió una cooperación internacional,  en vistas a que no se puede pedir la extradición de Horacio Cartes pues el mismo ya fue beneficiado por un hábeas corpus en Brasil. Todo esto, como pasos ordinarios dentro del proceso judicial que se está llevando a cabo en Río de Janeiro, encabezados por el magistrado Marcelo da Costa Bretas. 

Ovelar explicó que hasta el momento, siguen aguardando la notificación formal, a partir de cuya recepción, empezarán a correr los diez días establecidos para que, desde Paraguay, Horacio Cartes presente los alegatos de su defensa – lo que puede o no incluir una declaración del procesado, ya que la misma no es obligatoria – y con el objetivo de agotar todas las instancias hasta llegar, indefectiblemente, al cierre de la causa. 

“La fiscalía tomará su tiempo para hacer el procedimiento y hacernos llegar la notificación, que compartiremos con los colegas brasileños para poder ejercer el derecho a la defensa, que no se aleja mucho de lo que venimos hablando: No es delito ni en Paraguay ni en Brasil; y no es la jurisdicción brasileña la que tiene que analizar hechos ocurridos en Paraguay” afirmó el abogado.

El defensor, sin embargo, explicó que la hora de cierre del juicio llegará apenas sea resuelto el hábeas corpus de trancamiento que ahora está en trámite, ya que esto implicaría la nulidad y cierre inmediato del proceso. 

“Esta es una notificación para que conteste desde Paraguay y haga su defensa, pero el hábeas corpus de trancamiento lo que va a generar es la nulidad y cierre del proceso. Con los argumentos de que no es delito ni en Paraguay ni en Brasil, y que no ocurrió en Brasil el hecho. Con eso se cierra definitivamente el caso” reiteró Ovelar. 

El abogado, además, se mostró bastante confiado en su propuesta defensiva. “¿Por qué estamos tan seguros de que eso va a ocurrir? Porque el mismo Tribunal Superior de Justicia resolvió en ese sentido. Solo que las etapas procesales en un juicio deben ser agotadas. En este momento se están agotando al recibir la notificación, presentar la defensa y cuando venga el habeas corpus, cerrar el juicio” comentó, insistiendo en que la causa debe desestimarse indefectiblemente, ya que no existe jurisprudencia de la justicia brasileña. También, puso en duda las garantías de que se realice el debido proceso. 

Ni la fiscalía de Río de Janeiro, ni el juez Bretas, ni el tribunal general son garantía del debido proceso en Brasil. Ellos están cumpliendo un libreto con la sentencia en la mano. Veremos si es conveniente o no ejercer el derecho a declarar, porque no es una obligación, es parte del ejercicio de la defensa del procesado. El procesado no es un medio de prueba” sentenció el letrado. 

####